Junta Mayor
Competencias
Artículo 3º.-Son competencias de la Junta Mayor las siguientes:
a) Coordinar los actos y procesiones que celebren las Cofradías en el exterior de los templos, en la ciudad de León, con motivo de la Semana Santa.
b) La promoción y difusión de los actos y procesiones.
c) Gestionar la consecución de ayudas y subvenciones tanto económicas como de cualquier otra clase, para la propia Junta Mayor.
d) Tramitar ante las autoridades y organismos competentes los permisos necesarios para la celebración de los actos y procesiones.
e) Alentar a las Cofradías y Hermandades en la conservación de los valores tradicionales de la Semana Santa leonesa.
f) Contemplar las situaciones que puedan afectar a las Cofradías y Hermandades y proponer las medidas que se estimen más convenientes y más eficaces.
g) Recoger ideas, iniciativas y sugerencias que no contradigan el espíritu de la Semana Santa y ver la forma de llevarlas a la práctica.
h) Aceptar o rechazar las modificaciones de itinerarios y horarios establecidos para las procesiones.
i) Emitir su parecer sobre la creación de una nueva Cofradía o Hermandad y sobre la introducción de nuevas procesiones u otros actos en la calle.
j) Mediar e intentar solucionar las controversias o conflictos que puedan surgir entre las distintas Cofradías o entre éstas y sus asociados, todo ello con carácter previo y obligatorio, al ejercicio de las acciones que se puedan ejercer ante el Ordinario del lugar, de conformidad al trámite previsto en los presentes Estatutos.
a) Coordinar los actos y procesiones que celebren las Cofradías en el exterior de los templos, en la ciudad de León, con motivo de la Semana Santa.
b) La promoción y difusión de los actos y procesiones.
c) Gestionar la consecución de ayudas y subvenciones tanto económicas como de cualquier otra clase, para la propia Junta Mayor.
d) Tramitar ante las autoridades y organismos competentes los permisos necesarios para la celebración de los actos y procesiones.
e) Alentar a las Cofradías y Hermandades en la conservación de los valores tradicionales de la Semana Santa leonesa.
f) Contemplar las situaciones que puedan afectar a las Cofradías y Hermandades y proponer las medidas que se estimen más convenientes y más eficaces.
g) Recoger ideas, iniciativas y sugerencias que no contradigan el espíritu de la Semana Santa y ver la forma de llevarlas a la práctica.
h) Aceptar o rechazar las modificaciones de itinerarios y horarios establecidos para las procesiones.
i) Emitir su parecer sobre la creación de una nueva Cofradía o Hermandad y sobre la introducción de nuevas procesiones u otros actos en la calle.
j) Mediar e intentar solucionar las controversias o conflictos que puedan surgir entre las distintas Cofradías o entre éstas y sus asociados, todo ello con carácter previo y obligatorio, al ejercicio de las acciones que se puedan ejercer ante el Ordinario del lugar, de conformidad al trámite previsto en los presentes Estatutos.